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En realidad dependerá de su situación familiar y, básicamente, de si
tiene hijos o no, pero resolver
una herencia será algo más costoso para sus herederos si no hay testamento,
es decir, en caso de sucesión ab-intestato.
Si falleciera sin haber otorgado testamento, es la Ley quien determina
quienes son sus herederos y en qué proporción, dependiendo de si deja hijos,
viudo/a, ascendientes… Ellos se
verán obligados a instar la llamada "declaración de herederos" ante
notario –que sustituye al testamento- lo que implica un gasto adicional en dinero y en tiempo,
ya que existe un tiempo de espera de veinte días desde su otorgamiento hasta el
cierre del acta, al objeto de dar plazo para que aparezcan otros herederos, si
los hubiere.
Por su parte, si opta por
otorgar testamento notarial, podemos no solo dejar constancia de quienes
son nuestros herederos, sino establecer mejoras a favor de alguno/s de ellos
dentro de los límites de la Ley e, incluso, constituir legados sobre
determinados bienes o derechos a favor de personas concretas. Sus herederos tan
solo tendrán que llevar a efecto su última voluntad otorgando la
correspondiente escritura de partición y aceptación de herencia.
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