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Tengo
un piso en alquiler. El contrato se realizó por un año prorrogable por tres y
termina en 30 de junio. ¿Con cuánto tiempo tengo que avisar al inquilino para
no renovarle el contrato?
Tengo un piso en alquiler. El contrato se realizó
por un año prorrogable por tres y termina en 30 de junio. ¿Con cuánto tiempo
tengo que avisar al inquilino para no renovarle el contrato o cambiar las
condiciones del mismo?
Para
poder responder adecuadamente a la cuestión que nos plantea debemos acudir a la
normativa aplicable en materia de arrendamientos
de inmuebles urbanos, esto es, a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de
Arrendamientos Urbanos lau en la que se encuentra la regulación de los
mismos.
Respecto
a la duración de este tipo de contratos se encuentra regulada en el artículo 9
en el que se dispone que “la duración
del arrendamiento será la libremente pactada por las partes. Si
ésta fuera inferior a cinco años, o inferior a siete años si el arrendador
fuese persona jurídica, llegado el día de vencimiento del contrato, este se
prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento
alcance una duración mínima de cinco años o de siete si el arrendador es
persona jurídica, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con
treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o
de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo”.
Por
tanto, para evitar que se produzca la prórroga automática del contrato de
arrendamiento es necesario que usted comunique al arrendatario (inquilino)
su voluntad de no proceder a su
renovación al menos 30 días antes de la expiración del contrato o
de cualquiera de sus prórrogas, es decir, que deberá notificárselo antes del 30
de mayo puesto que nos ha indicado que la fecha de vencimiento es el 30 de
junio.
Entendemos
importante que debe tener en cuenta que la fecha que se tiene en cuenta a efectos de este cómputo es la fecha del
contrato o la fecha de la puesta del inmueble a disposición del
arrendatario si ésta hubiese sido posterior.
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