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Se trata de un acuerdo privado en el que se entrega
una señal como garantía del cumplimiento de una obligación, aunque según el
tipo de arras las compensaciones por incumplimiento serán distintas.
La compraventa de una vivienda es un trámite
que puede alargarse varios meses hasta que finalmente quede formalizada.
Para garantizar el cumplimiento de lo pactado y evitar que una de las
partes se eche para atrás se puede recurrir al contrato de arras. Se trata de
un acuerdo privado en el que comprador y vendedor se comprometen a llevar a
cabo la operación y el comprador entrega una cantidad de dinero como señal de
garantía.
En este contrato se deben especificar los datos de
las partes, del inmueble, el precio total de la compraventa, la cantidad que se
entrega como señala, la forma de pago del resto del precio y el plazo máximo
para otorgar la escritura. Una vez firmado este acuerdo, las partes deben
cumplirlo y en caso de no hacerlo asumirán las consecuencias que
igualmente constan en el contrato. Las consecuencias del incumplimiento dependen
del tipo de arras pactado. Existen tres opciones diferentes, confirmatorias,
penitenciales o penales, y la firma de una u otras será a voluntad de las
partes y según su interés.
Las arras penitenciales son las que más flexibilidad
dan a las partes al ser las únicas que permiten a cualquiera de las partes
contratantes apartarse de la operación de compraventa sin obligaciones
derivadas. En caso de rescindir el contrato únicamente tendrían que responder
con el importe de la garantía. Es decir, si fuese el comprador quien
rescindiera el contrato perdería la cantidad abonada al suscribir el contrato,
y si fuese el vendedor tendría que abonar el doble de esa cantidad.
En el caso de las arras penales, son similares a las
anterior ya que si una de las partes decide echarse para atrás la parte
perjudicada recibirá la indemnización de la garantía. Pero, además del cobro de
las arras, puede exigir el cumplimiento forzoso del contrato, es decir,
que finalmente se lleve a cabo la compraventa.
Por último, las arras confirmatorias, como su nombre
indica, sirven para confirmar la operación de compraventa, es decir, el importe
de garantía es una parte del pago del precio total. La principal diferencia con
las anteriores es que la indemnización en caso de no cumplir el contrato una de
las partes no tiene que coincidir con el importe de la garantía. Cuando
una de las partes decida rescindir el contrato, la otra puede exigir el
cumplimiento o resolución del contrato, además de la indemnización que
considere por los daños sufridos. El importe será determinado por un
juez.
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