¿Podemos
Ayudarte?

LiderCasa International

La usucapión de inmuebles ¿Qué es y qué plazos tiene?

Frecuentemente, las fincas cuyos titulares las poseen desde hace mucho tiempo pueden no estar inscritas dentro del Registro de la Propiedad. En estas ocasiones, se puede acudir al ordenamiento jurídico para su regularización. Dentro de la normativa, existe la opción de apropiarse de la vivienda o de otros derechos reales. Simplemente cumpliendo una serie de condiciones. Entre estas, haber tenido la propiedad del bien inmueble durante un plazo de tiempo concreto. A esto se le denomina como usucapión de inmuebles o prescripción adquisitiva.

Para la apropiación tanto de los derechos reales como del inmueble, existen dos maneras principales.

Prescripción adquisitiva ordinaria

Dentro de esta primera opción, existen varios requisitos concretos de esta. Una de ellas es que exista la buena fe del propietario. En otras palabras, a la hora de adquirir una vivienda, debe existir la creencia de que el antiguo poseedor de ella era el propietario del inmueble y tenía la capacidad para traspasarla a otro dueño.

Prescripción adquisitiva extraordinaria

Por otro lado, la usucapión extraordinaria de inmuebles consiste en la apropiación del bien en un plazo de 30 años sin diferenciar entre ausentes o presentes. Esta adquisición de la propiedad se realizará siempre que se cumpla con las siguientes condiciones.

La apropiación del bien tiene que ser en concepto de dueño, sin interrupción, pública y pacífica. En el caso de la usucapión para bienes muebles, el plazo de tiempo aumenta hasta los 6 años.

Dpto.Redacción
10/10/2022

Escribenos Tu Consulta, Y Te Responderemos Lo Antes Posible

Arrastra Archivos

Contacto

Plaza Toledo, 1, 30009 Murcia, España
España

Suscribete A Nuestras Novedades

Copyright © 2024 LIDERCASA INTERNATIONAL. Todos los derechos reservados.