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Impuesto sobre la renta de no residentes

En el caso de que seas extranjero y trabajes o tengas un negocio en España debes conocer el IRNR o Impuesto sobre la renta de no residentes. En este post te contamos en qué consiste, dónde y cómo se aplica. El IRNR es un tributo de tipo directo que grava la renta obtenida en España por personas físicas o entidades no residentes en nuestro país.

¿Dónde se aplica el IRNR?

El IRNR se aplica en todo el territorio español teniendo en cuenta:

  • Los regímenes forales de País Vasco y Navarra.
  • La normativa especial aplicable en Canarias, Ceuta y Melilla.
  • Lo establecido en los convenios internacionales aplicables.

¿Quién es el contribuyente en el IRNR?

Los contribuyentes en el IRNR son los siguientes:

  • Personas físicas y entidades no residentes en España que obtengan rentas en nuestro país y que no tributen por el IRPF.

  • Personas físicas extranjeras que residan en España y sean miembros de una misión diplomática.
  • Entidades que se encuentren en España, que hayan sido constituidas en el extranjero y que se sometan al régimen de atribución de rentas.
  • ¿Qué se grava con el IRNR?

    El hecho imponible del IRNR es el siguiente:

    • Las rentas que deriven de actividades económicas realizadas en un establecimiento permanente situado en España.
    • Los rendimientos de actividades económicas sin que exista establecimiento permanente. Es el caso de artistas y deportistas.
    • Los rendimientos de trabajo cuando deriven de un trabajo realizado en España y se trate de retribuciones abonadas por la administración española.
    • Las pensiones cuando deriven de un empleo realizado en España.
    • Las retribuciones de administradores, miembros del consejo de administración y juntas de una entidad residente en España.
    • Los dividendos derivados de una entidad residente en España.
    • Los intereses o rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales satisfechos por personas o entidades con domicilio en España.
    • Los cánones o regalías realizados por personas o entidades que residan en España.
    • Los rendimientos derivados de bienes inmuebles situados en España.
    • Las rentas imputadas a los contribuyentes personas físicas titulares de bienes inmuebles urbanos situados en España.
    • Las ganancias patrimoniales derivadas de valores emitidos por personas o entidades que residan en España.
Dpto.Redacción
21/10/2021

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